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5 – BENEFICIOS PARA CUIDADOS Y ASISTENCIA PERSONAL (Attendant care benefits)

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La aseguradora puede ser obligada a pagar por servicios de cuidado y asistencia que usted requiera debido a sus lesiones. Estos servicios pueden ser realizados por la persona de su elección, incluso si forma parte de su propia familia, siempre y cuando esté regularmente empleada en esa ocupación, o si sufre pérdidas económicas al prestarle esos servicios.

Los servicios de cuidado y asistencia personal comprenden la asistencia para el aseo personal, vestirse, tomar los medicamentos, la movilidad, la higiene personal, hacer ejercicio y bañarse.

SUGERENCIA IMPORTANTE:

Con frecuencia, el momento en el cual los Beneficios de Cuidados y Asistencia Personal son más requeridos, es el inmediatamente posterior al accidente, pero su aseguradora no estará obligada a cubrir los gastos en los que usted incurra antes de realizar una evaluación de las necesidades de cuidados y asistencia personal. Por lo tanto es importante presentar un Formulario 1 al seguro lo más pronto posible. El seguro cubrirá también el costo razonable por el llenado del Formulario 1.

Los montos que se pueden recibir para cuidados personales dependen de la gravedad de las lesiones.

Para lesiones catastróficas, hay un máximo mensual de $6,000 con un total máximo de $ 1,000,000.

Para lesiones “no-catastróficas” hay un máximo mensual de $3,000, con un máximo de $65,000 combinado con gastos médicos y de rehabilitación, por un periodo máximo de 5 años para los adultos y hasta la edad de 18 para los menores.

Para solicitar los Beneficios de Cuidado y Asistencia Personal además del OCF-1 descrito al principio de esta sección, usted debe presentar una declaración de necesidad de cuidado y asistencia personal conocido como Formulario 1, que debe ser completado por un/a profesional de la salud.

Después de eso, usted debe enviar a la compañía de seguros los recibos de sus pagos a la persona que le presta los servicios de cuidado y asistencia personal, o facturas por los servicios, las que deben incluir detalles de los quehaceres realizados por la persona, las horas que trabajaba y el salario.

Periódicamente, la compañía de seguros le solicitará una declaración de necesidad de cuidado y asistencia personal (Formulario 1) actualizada, que usted deberá proporcionar dentro de los 15 días hábiles posteriores a la solicitud. De no hacerlo, la aseguradora podría llegar a suspender sus beneficios.

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